Las Grandes Constituciones de 1786 y Federico II de Prusia
Parece ser que el comentario escrito más antiguo y que a la vez podemos considerar como oficial referido a las Grandes Constituciones que amparan el Rito Escocés Antiguo y Aceptado nos viene dado por el Secretario General del Supremo Consejo de Francia a raíz de su Asamblea General de 1813 (05/03). Este comentario tiene especial importancia por que el Supremo Consejo de Francia fue creado por Grasse-Tilly (1804) que a su vez ostentaba el título de Soberano Gran Comendador del Supremo Consejo de las Indias Occidentales Francesas y consta como fundador del Supremo Consejo de Charleston en su calidad de Soberano Gran Inspector General.
El citado comentario indica, entre otras puntualizaciones: " … el Rito Escocés Antiguo y Aceptado contiene a la vez el simbolismo y el misticismo de todos los ritos, las ciencias filosóficas, herméticas y cabalísticas … ", añadiendo a continuación que todo ello es lo que se entiende por "Masonería Antigua", "Masonería Moderna" y "Masonería Rectificada", para introducir una párrafo de gran relevancia histórica: " … Carlos Eduardo, último retoño de los Estuardo, fue el jefe de la Masonería Antigua y Moderna. Designó, para Gran Maestro y como sucesor a Federico II, rey de Prusia,… ". En la época en que se efectúan tales manifestaciones (1813), el Rito de Perfección se componía exclusivamente de 25 Grados (el de Príncipe del Real Secreto era el último).
Para comprender, al menos mínimamente, el paso a los 33 Grados, conocidos oficialmente a partir de la constitución del Supremo Consejo de Charleston, hay que situarse en el ambiente masónico anterior y posterior a la Revolución Francesa, periodo en el que, en Francia, se opera una gran transformación en el mundo francmasón. Por esta causa, en Alemania y en 1782, se teme que la Masonería (mejor dicho la Francmasonería) pueda llegar a ser la proa de la anarquía y, en su consecuencia, que bajo el nombre de Hermano Francmasón se puede llegar a degradar, envilecer y destruir a la Orden Francmasónica y se arguye que Federico II concibe el diseño de concentrar el Soberano poder masónico, del que era heredero, en un Consejo de Grandes Inspectores Generales que, una vez él fallecido, pudiera gobernar conforme a la Constitución y a otros Estatutos, a la Alta Masonería. Como consecuencia de ello y sin que se encuentre históricamente probado, el 01/05/1786, nacen los 33 Grados de la Jerarquía del Rito Escocés Antiguo y Aceptado que, hasta entonces se hallaba limitado a 25 Grados (Rito de Perfección) y se da, al grado 33, la denominación de "Potente y Soberano Gran Inspector General", otorgándosele a este Grado el poder para regir y gobernar el Rito; concentrando el Gobierno del mismo en un "Soberano Capítulo" bajo el nombre de "Supremo Consejo de Grandes Inspectores Generales del Grado 33 y Ultimo del Rito". Este Capítulo o Supremo Consejo se rige por las "Constituciones, Estatutos y Reglamentos" que más tarde se han conocido como Grandes Constituciones de 1786, por haber sido presuntamente firmadas por Federico II de Prusia (01/05/1786).
La realidad histórica respecto de la denominación de Rito Escocés Antiguo y Aceptado; de la firma por Federico II de las Grandes Constituciones; o aún del Convento (reunión o también conocido por conferencia) en que las mismas nacieron es harto diferente. Así la calificación de Antiguo y Aceptado, que distingue este rito del resto de los escoceses es simplemente una traducción de la expresión inglesa "Ancient and Acceptted Massons", que nace en las luchas que existieron en 1751 entre la Antigua y la Nueva Logia de Inglaterra (conflicto conocido como el conflicto entre los "antiguos" y los "nuevos").
Respecto de la autenticidad de las Grandes Constituciones y de sus diferentes versiones, también existe documentación histórica para poderse pronunciar. Así, existe una denominada versión francesa y otra versión denominada latina (nos referimos a ella de esta forma, porque está redactada en latín), pero lo cierto es que no se conoce una copia hasta 1814 y su primera publicación no se efectuará hasta 1832 en el "Prontuario de las actas del Supremo Consejo de Francia" (a esta versión es la que denominamos "versión francesa").
Respecto de la "versión latina", en 1834, los Supremos Consejos de Francia, Brasil y Bélgica firman en París un tratado de alianza con el denominado Supremo Consejo Unido del Hemisferio Occidental, cuyo Soberano Gran Comendador, el marqués de Sainte-Rose y conde de Saint-Laurent, pretende estar en posesión de la única copia conocida, auténtica y completa de las Grandes Constituciones de 1786 (a esta copia se le denomina "versión latina"). Históricamente lo que está demostrado es que nunca hasta ese momento, en el mundo masónico, nadie había oído hablar, salvo vagas referencias, de este Supremo Consejo. Si ello fuera cierto, el Supremo Consejo gobernado por Saint-Laurent, sería inclusive anterior al de Charleston, al de las Indias Occidentales Francesas y al de Kingston.
La realidad incontrovertible, históricamente hablando, es que cuando Saint-Laurent llega al ciudad de Nueva York y pretende que su Supremo Consejo abarque todo el hemisferio occidental (en este caso referido al continente americano), encuentra la oposición tanto del Supremo Consejo de Charleston (con jurisdicción sobre la zona sur de los EUA), como la del Supremo Consejo de Nueva York (con jurisdicción sobre la zona norte de los EUA), creado éste último en 1813, y ante tal oposición busca el apoyo del Rito de Cerneau (nacido del Rito de Perfección y que también abarcaba 25 Grados). De la fusión entre ambos Ritos nace una Autoridad masónica "ex - novo" bajo el título de "Supremo Consejo Unido para el Hemisferio Occidental del Grado 33 y Ultimo del Rito Escocés Antiguo y Aceptado". Este Supremo Consejo no llegó a imponer jamás su autoridad y Saint-Laurent decide volver a Francia donde tiene más éxito con sus intentos de crear una "relativa" unidad francmasónica del Rito Escocés Antiguo y Aceptado y así, el 23/02/1834, concluye una alianza con los Supremos Consejos de Francia, Bélgica y Brasil (alianza citada anteriormente), a raíz de la cual se publican los textos de las Grandes Constituciones de 1786, según copia reproducida por Saint-Laurent.
El contenido del texto (según la copia reproducida por Saint-Laurent), dado a las Grandes Constituciones de 1786 por esta alianza, es considerablemente aumentado con referencia al texto de la versión francesa de 1832 y comprende tres documentos redactados en latín (de ahí el concepto de versión latina): El primero se titula "Nova Instituta" o "Nuevos Institutos Secretos"; el segundo modifica o varía el texto de las Grandes Constituciones en determinados artículos y el tercero, es un apéndice de tres artículos en el que se describe el Estandarte de la Orden, las Insignias de los Soberanos Grandes Inspectores Generales y el Gran Sello de la Orden. En definitiva el texto de 1834 hay que considerarlo como un texto apócrifo que, además, se encabeza con la divisa "Tolerancia, Unión, Prosperidad", cuando en todos los rituales anteriores a 1834 se encabezaba con la expresión inglesa "Health, Stability and Power" (salud, estabilidad y poder) (véase en esta misma web: "Documentos Históricos").